Pasarse de realista puede conllevar consecuencias.
En relación con complementos de un disfraz como pistolas, el Reglamento de armas establece que “está prohibido llevar en sitios públicos imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego”, lo que conllevaría una multa.
Si el uso de un arma falsa, incluso un cuchillo, se utilizase provocando una situación de peligro, atemorizando a otras personas que creyesen que se trata de una de verdad, pudiera llegar a constituirse un delito del artículo 561 del CP o una coacción o amenaza cuando se utiliza contra una persona en concreto.
Ciertos disfraces, podrían causar este efecto igualmente, por lo que, antes de disfrazarse, conviene pensar dos veces como se va a usar.
De igual modo, en la conducción de vehículos, cabe señalar que el Reglamento General de Circulación puede convertirse en una base legal para sancionar el ir disfrazado.
Así, según el artículo 18.1. El conductor del vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados. Por lo que el uso de ciertos disfraces voluminosos, que incluso pueden impedir abrocharse correctamente el cinturón, así como caretas o accesorios fáciles que dificulten la visibilidad, podría ser sancionado.
Añadir comentario
Comentarios